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Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
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Sermecoop - Convenio
SERMECOOP
Servicios Médicos Cooperativos
 
GUIA DE
PROCEDIMIENTOS
 
PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO
 
1.- Para solicitarlo tiene dos alternativas:
  • a) Directamente en nuestras sucursales hasta un monto máximo de reembolso de $50.000.-diarios. Deberá presentar su cédula de identidad, y si envía a un tercero, deberá traer un poder simple adjuntando fotocopia de la cédula de identidad del afiliado.
  •  b) Desde su lugar de trabajo, completando el formulario “Solicitud de reembolso individual” (solicítelo en RRHH) y envíelo vía valija, adjuntando los documentos originales a reembolsar.
 
Recuerde conservar la copia del formulario.
 
2.- Los reembolsos serán depositados en su cuenta bancaria los días jueves de cada semana, para aquellos documentos decepcionados en Sermecoop, entre los días lunes y viernes de la semana anterior.
Si usted no registra cuenta bancaria, se hará llegar a su empresa un cheque por el monto del reembolso.
 
3.- Posteriormente Sermecoop le hará llegar a su lugar de trabajo o al mail que registra la liquidación de reembolso con el detalle del depósito.
 
Recuerde que este beneficio se hará tangible una vez que se haya completado el deducible familiar de $50.000.-
 
Los pasos para bonificar son los siguientes:
            Primero: Bonificación de Isapre o Fonasa.
            Segundo: Bonificación Seguro Complementario de Salud.
            Tercero: Bonificación Sermecoop.
 
PROCEDIMIENTO DE PRÉSTAMOS
 
Préstamos Menores
 
Es un crédito orientado principalmente para la compra de bonos. Este préstamo puede solicitarlo en nuestras sucursales Sermecoop, hasta un monto máximo de $20.000.-.
 
1)      Para solicitarlo deberá indicar el monto exacto a cancelar. Si se trata de un examen deberá adjuntar la orden médica valorizada por su Isapre o Fonasa.
2)      Tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles para presentar los comprobantes que respalden el pago.
 
Préstamos Mayores 
 
Es un crédito orientado a cancelar todas las prestaciones médicas que superan el monto autorizado en efectivo.
1).- Para solicitarlo tiene dos alternativas:
  • a) Completando el formulario “Solicitud de Cheque” (disponible en RRHH) y envíelo vía fax, adjuntando copias de los documentos de respaldo (#)
  • b) Directamente en nuestras sucursales, presentando los documentos que respaldan la solicitud (#)
 
2).- Deberá indicar claramente el nombre de la institución a la cual debe ser girado el cheque.
 
3).- Sermecoop enviará una solicitud de aprobación del crédito a Prosegur.
 
4).-  Ya obtenido el crédito tendrá un plazo máximo de 20 días para hacer llegar a Sermecoop los comprobantes que respalden el pago (#)
 
(#) Consulte a los Ejecutivos de Atención al Cliente, los documentos que debe presentar en su caso particular.
 
Recuerde que en caso de ser atendido en forma particular, deberá tramitar su bonificación en su Isapre o Fonasa, antes de presentar los documentos en Sermecoop. Luego, el dinero de la bonificación deberá depositarlo en nuestra cuenta N° 80009077 banco BCI, o bien acercarse a nuestras Sucursales. Así rebajará el valor de su deuda. Este mismo trámite deberá ser realizado por aquellas personas que cuenten con beneficios adicionales tales como compañías de seguro.
 
SOLICITUD CARTA DE RESGUARDO O CHEQUE EN GARANTIA
 
1).- Para su tramitación
 
  • Deberá solicitar los valores del Equipo Médico y de la Clínica u Hospital donde se atenderá.
  • Luego, presentarlos en su Isapre o Fonasa, para que le indiquen el monto aproximado de cobertura.
  •  Con estos valores Sermecoop evaluará la entrega del documento en Garantía, según su Línea de Crédito.
  • Adjunto a esta evaluación se enviará a Prosegur la solicitud de aprobación de la Carta de Resguardo o Cheque en Garantía.
 
 2).- Para la cancelación
 
·        Una vez dado de alta el paciente, deberá retirar la cuenta, y llevarla a su Isapre o Fonasa donde le indicarán el valor a cancelar.
·        Luego, solicite el préstamo en Sermecoop, como lo indica el procedimiento de préstamos mayores.
·        Una vez cancelada la cuenta, junto a la documentación que respalda el pago, adjunte la Carta de Resguardo o Cheque en Garantía para su anulación en Sermecoop.
 
 Evite que los documentos en garantía sean cobrados por la Clínica u Hospital, ya que los valores a cobrar serán particulares.
 
CREDENCIALES DE FARMACIAS
 
Para realizar la compra de sus medicamentos:
 
1.- Deberá presentar la credencial de farmacia, junto con se cédula de Identidad y la receta médica original, con el timbre del médico (nombre, Rut y especialidad)
2.- La bonificación de Sermecoop, será otorgada directamente en la farmacia, monto que será rebajado de la compra y la diferencia no cubierta deberá ser cancelada por usted.
 
ALGUNOS CASOS SIN BONIFICACION
 
  • Todo documento con más de 60 días
  • Documentos fotocopiados no autorizados
  • Boletas de farmacias y ópticas sin receta médica
  • Boletas sin detalle ni valor de lo comprado
  • Recetas sin nombre del paciente y datos del médico tratante
  • Tratamiento de infertilidad y test de embarazo
  • Productos y tratamientos dietéticos o antiobesidad
  • Productos dermatológicos y recetas magistrales sin diagnostico médico
  • Suplementos de leche materna, alimentos y complementos alimenticios
  • Lentes de sol o neutros, marcos de lentes sin cristales
  • Productos dentales como cepillos de dientes, sedas y enjuagues bucales
  • Productos de perfumería y aseo personal
  • Cirugías plásticas con fines estéticos
  • Hospitalización con fines de reposo
  • Todo procedimiento o medicamento con fines preventivos como vacunas, vitaminas, etc.
  • Consultas y tratamientos de nutricionistas, matronas, enfermeras
  •  Consultas y tratamientos de homeopatía, iriologia, podología, etc.
 
 
SERVICIO AL CLIENTE 600 655 8000 OPCION 2
 
A través de este número Usted podrá obtener información acerca de:
 
  • Los principales Beneficios y Servicios de Sermecoop y cómo acceder a ellos.
  • Ubicación de nuestras Sucursales y horarios de atención.
  • Información de convenios vigentes
  • Fecha de pago de sus reembolsos
  • Cuota a Descontar de su remuneración y su saldo de deuda
  • Solicitud de Clave para servicios Web
 
SERVICIO WEB “SERMECOOP EN LINEA”
 
Ingresando a nuestro sitio web www.sermecoop.cl, Área Clientes, viñeta “Afiliado” e ingresando su clave secreta podrá acceder a los siguientes servicios:
 
  • Actualización de Datos Personales
  • Información de su Cuenta Corriente
  • Información de sus reembolsos
  • Y una sección “contáctenos” en donde podrá comunicarse con nosotros para realizar consultas, requerimientos, reclamos o felicitaciones.

"EL MAL PARA TRIUNFAR SÓLO NECESITA QUE LOS HOMBRES BUENOS NO HAGAN NADA"  
   
SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
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