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Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
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Foro - NEGOCIACION COLECTIVA

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victor
(2 Posts hasta ahora)
09-08-2008 12:43 (UTC)[citar]
ESTAMOS EN UN MOMENTO HISTORICO PUES POR PRIMERA VES EN MUCHOS AÑOS COMENSAMOS CON UNA NEGOCIACION COLECTIVA CON FUERZA OPTIMISMO LLENA DE ESPERANZA PARA LLEGAR ACUERDOS PROFUNDOS CON LA EMPRESA PARA MEJORAR NUESTRA CALIDAD DE VIDA COMO PERSONAS Y ES POR ESO QUE MAS QUE NUNCA NESECITAMOS LA UNIDAD DEL SINDICATO NO BASTA CON BUENAS INTENCIONES LA UNIDAD Y SOLO LA UNIDAD NOS LLEVARA AL EXITO NO TE DEJES BAJONEAR POR COMENTARIOS MAL INTENCIONADOS YA SEA DE SUPERVISORES , DIRIGENTES DE LA ANTERIOR DIRECTIVA QUE BIEN SABEMOS JAMAS HICERON NADA POR TI , ES LE MOMENTO DE ORAR EN FAMILIA PARA QUE DIOS NOS ILUMINE Y LES HABLENDE EL CORAZON Y LA BILLETERA A LOS EJECUTIVOS DE LA EMPRESA

FUERZA Y CONFIANZA
sindiproseg1
(16 Posts hasta ahora)
09-08-2008 20:26 (UTC)[citar]
"victor" escribió:
ESTAMOS EN UN MOMENTO HISTORICO PUES POR PRIMERA VES EN MUCHOS AÑOS COMENSAMOS CON UNA NEGOCIACION COLECTIVA CON FUERZA OPTIMISMO LLENA DE ESPERANZA PARA LLEGAR ACUERDOS PROFUNDOS CON LA EMPRESA PARA MEJORAR NUESTRA CALIDAD DE VIDA COMO PERSONAS Y ES POR ESO QUE MAS QUE NUNCA NESECITAMOS LA UNIDAD DEL SINDICATO NO BASTA CON BUENAS INTENCIONES LA UNIDAD Y SOLO LA UNIDAD NOS LLEVARA AL EXITO NO TE DEJES BAJONEAR POR COMENTARIOS MAL INTENCIONADOS YA SEA DE SUPERVISORES , DIRIGENTES DE LA ANTERIOR DIRECTIVA QUE BIEN SABEMOS JAMAS HICERON NADA POR TI , ES LE MOMENTO DE ORAR EN FAMILIA PARA QUE DIOS NOS ILUMINE Y LES HABLENDE EL CORAZON Y LA BILLETERA A LOS EJECUTIVOS DE LA EMPRESA

FUERZA Y CONFIANZA


Adelante colegas, la unión hace la fuerza.
Un Abrazo.
sindiproseg1
(16 Posts hasta ahora)
09-08-2008 20:31 (UTC)[citar]
Se nos viene una tarea dificil por delante, pero haremos lo mejor posible las cosas, y pondremos todo nuestro empeño y conocimiento.

Saludos
Valkanno
(Hasta ahora 1 Post)
24-09-2008 23:43 (UTC)[citar]
Soy nuevo en la empresa, siento que la negociación fue manejada con inteligencia y cuidado.Por cierto que no a todos dejo contentos, pero hay que reconocer que estamos dando el primer paso para obtener grandes y mejores beneficios. Simplemente pienso que la idea no es confrontar, sino más bien demostrar a los directivos que estamos confiados en que sabrán entender nuestros argumentos y ayudarnos a mejorar nuestra calidad de vida. Un abrazo y ánimo que siempre se puede mejorar. Esperando que se termine este año con reales cambios y para que nunca más vuelvan a pasar tantos años de nula información y cero interés por nuestros propios beneficios... Me despido V. Silva
sindiproseg1
(16 Posts hasta ahora)
24-10-2008 19:02 (UTC)[citar]
Gracias por su comentario.
Realmente debemos reconocer que con comentarios como estos dan más ganas de trabajar por la únidad del Sindicato y por el respeto a nuestros Derechos. Es imperativo unirnos, para demostrar que con únidad, lealtad, transparencia y trabajo, podemos conseguir muchas cosas más que beneficien al trabajador y su grupo familiar.



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SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
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