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Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
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Inspección del Trabajo (Direcciones)

Contacto oficinas permanentes “Metropolitana” Inspección del Trabajo

 

Centro de Conciliación Individual y Mediación de Oriente (1324)

-Manuel de Salas 529 (altura Plaza Ñuñoa), Ñuñoa. -Fono: (2) 9157563 -Jefa Centro: María Angélica Chacón Silva -Jurisdicción (Conciliación individual): Atiende los reclamos interpuestos en las comunas de: Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, La Reina, Peñalolén, La Florida, Macul y Ñuñoa -Jurisdicción (Mediación): Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, La Reina, Peñalolén, La Florida, Macul y Ñuñoa. -Horario de atención: 9 a 14 horas

 

Centro de Conciliación Individual y Mediación de Santiago (Cod. 1318)

-General Mackenna 1331, Piso 5, Santiago -Fonos: (2) 5691513 / 5691514 / 5691516 / 5691519 / 5691517 -Jefe Centro: Jorge Hugo Bahamondes Parra -Jurisdicción (Conciliación individual): Atiende los reclamos interpuestos en las comunas de Santiago, Quinta Normal, Estación Central, Pudahuel, Lo Prado, Cerro Navia, Quilicura, Huechuraba, Conchalí, Independencia, Renca, Recoleta, Lampa, Til Til. -Jurisdicción (Mediación): Atiende las comunas de Santiago, Quinta Normal, Estación Central, Pudahuel, Lo Prado, Cerro Navia, Quilicura, Huechuraba, Conchalí, Independencia, Renca, Recoleta, Lampa, Til Til. -Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Dirección Nacional

- Agustinas 1253, pisos 4º al 10º - (2) 6749300 - Directora Nacional del Trabajo: María Cecilia Sánchez Toro

Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente (Cod. 1360)

Avenida Providencia Nº 729, Comuna de Providencia Teléfono: (02) 9157501 Directora Regional: Sandra Giannina Melo Solari Horario de atención: lunes a viernes 09:00 a 14:00 horas

 

Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Poniente (Cod. 1300)

Moneda Nº 723, Santiago Teléfono: (02) 7317180 Fono Fax: (02) 7317235 Director Regional: Ramón Ferrada Espinosa Horario de atención: lunes a viernes 09:00 a 14:00 horas.

 

Inspección Comunal del Trabajo Buin (Cod. 1306)

- Condell Nº 203, Buin - Fono: (2) 8211105 / 8220913 / 8212471 - Jefe Inspección Comunal: Pedro Eduardo Esparza Olivares. - Jurisdicción: Buin y Paine - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo de Maipú (Cod. 1309)

- Hermanos Carrera 2036, Maipú - Fono: (2) 7669435 / 7669228 / 7669248 - Jefe Inspección Comunal: Manuel Jacas Morales - Jurisdicción: Maipú y Cerrillos - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Nororiente (Providencia) (Cod. 1312)

- Avda. Providencia Nº 1275, Providencia - Fonos: (02) 2364756 - Jefe Inspección Comunal: Juan Carlos Díaz Aburto - Jurisdicción: Providencia. - Perímetro: Vicuña Mackenna, Santa Isabel, Diagonal Oriente, Tobalaba y Cerro San Cristóbal. - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte (Cod. 1307)

- San Antonio Nº 427 piso 6, Santiago. - Fono: (02) 7317440 / 7317441 / 7317470 / Fono Fax: 7317443 - Jefa Inspección Comunal: Horacio Hervias Aragón. - Jurisdicción: Independencia, Recoleta, Huechuraba, Conchalí y Renca. - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas (Miguel González 7317450).

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte - Chacabuco (Cod. 1323)

-Manuel Antonio Matta Nº 1231, Quilicura -Fonos: (02) 6274164 / 6270036 / 6070402 -Jefe Inspección: Mónica Liberona Pérez -Jurisdicción: Quilicura y Provincia de Chacabuco (Lampa, Colina y Til Til) -Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente (Cod. 1322)

-Av. Vitacura 3900, Vitacura, Santiago. Nº 3900, fono: 7317400 - 7317401. -Jefe Inspección: Sandra Mónica Ortíz Silva -Jurisdicción: Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea -Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente (Cod. 1311)

- Neptuno N° 856, Comuna Lo Prado, Estación Metro San Pablo, Líneas 5 y 1 del Metro. Fono: (2) 7731608 / 7731939 / 7731946 - Jefe Inspección Comunal: Nibaldo Sánchez Paredes - Jurisdicción: Quinta Normal, Lo Prado, Cerro Navia, Pudahuel y Estación Central - Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur (Cod. 1302)

- Pirámide Nº 1044, San Miguel - Fono: (2) 5233345 / 5225175 / 5225197 - Jefe Inspección Comunal: Williams Reveco Leyer - Jurisdicción: La Cisterna, San Miguel, San Joaquín, Lo Espejo, San Ramón, La Granja y Pedro Aguirre Cerda - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente (Cod. 1308)

- Campos de Deportes Nº 787, Ñuñoa - Jefe Inspección Comunal: José Castillo Flores - Teléfonos: (2) 7317238 / 7317237 - Jurisdicción: Ñuñoa, Macul, Peñalolén y La Reina - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Comunal del Trabajo La Florida (cod. 1316)

- Walker Martínez Nº 368 (Paradero 14), La Florida - Fono: (2) 5131991 / 2855466 - Jefa Inspección Comunal: Lidia León San Martín - Jurisdicción: La Florida - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Provincial del Trabajo Cordillera (Puente Alto) (Cod. 1305)

- Irarrázaval Nº 0180, 2º piso, esquina Santa Elena, Puente alto. - Fono: (2) 8500758 - Jefa Inspección Provincial: María Luisa Aliste González - Jurisdicción: Puente Alto, Pirque y San José de Maipo - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Provincial del Trabajo Maipo (San Bernardo) (Cod. 1313)

- Freire Nº 473, 2º Piso, San Bernardo - Fono: (2) 8598806 / 8583235 / 8592416 - Jefe Inspección Provincial: René Díaz Guler - Jurisdicción: San Bernardo, Calera de Tango, La Pintana y El Bosque - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Provincial del Trabajo Melipilla (Cod. 1304)

- Ortúzar Nº 492, oficina 207, Melipilla. - Fono: (2) 8311456 / 8314107 / 8323978 - Jefe Inspección Provincial: Valeria Faúndez Chamorro - Jurisdicción: Melipilla, Alhué, María Pinto y San Pedro - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Provincial del Trabajo Santiago Centro (Cod. 1301)

- Moneda Nº 723, Santiago. - Fono: (2) 7317121 / 6397102 - Jefa Inspección Provincial: Leonor Arroyo Funes - Jurisdicción: Santiago - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

 

Inspección Provincial del Trabajo Talagante (Cod. 1303)

- Enrique Alcalde N° 1341, Talagante. - Fono: (2) 8151586 / 8154860 - Jefa Inspección Provincial: María Teresa Valenzuela - Jurisdicción: Talagante, Peñaflor, El Monte, Isla de Maipo y Padre Hurtado - Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 14 horas

"EL MAL PARA TRIUNFAR SÓLO NECESITA QUE LOS HOMBRES BUENOS NO HAGAN NADA"  
   
SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
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