Sindicato de Empresa Prosegur Chile SA
 
  ¿Quienes Somos?
  Bibliografias
  NOTICIAS
  => Noticias de Economía
  => Inscripciones, Elecciones y VOTACIONES de Directores Sindicales, Nov.2016
  => Inscripciones y Elecciones de Directorio Noviembre 2016.
  => MODERNIZA EL SISTEMA DE RELACIONES LABORALES
  => Orden de Arresto en Prosegur Colombia
  => Ley Nº 20.689 e INFORMATIVO
  => LEY N° 20.684
  => Carta a UNI Global América
  => Comunicado - Juicio Caso Bono Cliente
  => Multitiendas y Multurut
  => Otro Nobel de la Paz Vergonzoso
  => Huelga de trabajadores de Prosegur en Paraguay
  => Guy Ryder elegido nuevo Director General de la OIT
  => LOS INDIGNADOS EN CHILE
  => Entrega de Negociación y Recepción de respuesta
  => Reuniones Confección Contrato Colectivo
  => 2º Ciclo Formación Sindical
  => 1º Ciclo Seminario Sindical Negociación Colectiva
  => Comunicado Final Elecciones La Araucana
  => Congreso aprueba reajuste del salario mínimo
  => Veto del Ejecutivo sobre Proyecto de Salario Mínimo...
  => Votaciones La Araucana
  => Candidatura al Directorio la Araucana
  => Proceso Eleccionario La Araucana
  => AUTODESPIDO
  => Sobre las clausulas Tácitas en los Contratos de Trabajo
  => Antecedentes de Multas
  => Securitas adquiere Seguricorp en Chile
  => Preventivos La Araucana
  => Saludo y Beneficio Fiestas Patrias
  => Cámara de Diputados e Informe Especial
  => Testimonios
  => Deuda Histórica
  => Reforma Previsional, efectos:
  => CENDA afirma que:
  => Fin a las AFPs
  => Cajas de Compensación
  => INFORMACIÓN
  => Avances en Querella
  => La diversificación, clave para Prosegur
  => Propuesta para enfrentar crisis económica
  => Reforma Previsional
  => Bono por cada hijo nacido
  => Declaración de la CAT
  => Qué es la RSE
  => Comunicado de Prensa CAT
  => El Compromiso Postergado...
  => Jornadas de Trabajo excepcional
  => Objetivo único de la Vigilancia Privada
  => Decreto Ley Nº 3607
  => A un año...
  => Saludo 1º de Mayo
  => Renuncia a la empresa
  => Negociación de Blindados
  => Histórico en el Sindicato
  => Reputacion
  => Nivela tus estudios
  => Beca Práctica 2009 y otros
  => Beca (vale) Escolaridad 2009
  => Bono y Calendario pago A. Familiar
  => Fiestas Patrias y Navidad
  => Asamblea Extraordinaria Nov.
  => Asamblea Ordinaria Octubre
  => Fiestas Patrias
  => Acuerdo de Negociación
  => Reunión Negociadora 3
  => Reunión de Negociación 2
  => Reunión de Negociación
  => Asamblea 02/08///tarde
  => Asamblea 02/08///mañana
  => 1ª Asamblea Ordinaria
  => Respuesta de la Empresa
  => Cumplimiento de Plazo
  => Entrega de Negociación en Insp. del Trabajo
  => Visitas a instalaciones
  => Entrega Negociación
  => Proyecto Negociación
  => Trabajo en Negociación
  => Elecciones Sindicales junio 2008
  Declaración Pública y Aclaraciones
  ¿Sabias qué?
  Central Autónoma de Trabajadores Chile
  UNI Global y Sindicato Prosegur Chile
  Contactenos
  Departamento Social
  Paginas Asociadas
  Fotos
  Foro
  Asambleas Extraordinarias
  AUDITORIA - Conclusiones Finales
  ASAMBLEAS
  VOTACIÓN 27-08-2011
  CONVENIOS SINDICALES
  El negocio de la Seguridad
  Indicadores
  Prevensión de Riesgos
  Seguro de Invalides y Sobrevivencia
  Proyecto ley 7034
  Inspección del Trabajo (Direcciones)
  Despidos Injustificados "ojo"
  Jornadas "marco"
  Reclamos; Preguntas y Respuestas
  REFLEXIONES y Otros
  REFORMA LABORAL - LEY 20940
Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
Hoy 9 visitantes (37 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página!
CENDA afirma que:

CENDA afirma que las AFPs no lograrán superar la actual crisis 
 

Santiago.- El impacto de la crisis en curso sobre los fondos de pensiones AFP ha sido muy fuerte. En pocos meses han perdido más de nueve años de cotizaciones. Lo más probable es que antes que pase la crisis, los fondos de pensiones vean esfumarse gran parte de las ganancias de años recientes, o peor, afirma un informe de Cenda. Para este organismo, las AFPs no lograrán superar la actual crisis.
 
A diferencia de lo afirmado por la Superintendencia de AFPs, lo menos que se puede decir es que nadie está saliendo bien parado de la crisis. “En efecto, el resultado del esquema vigente es que sólo una ínfima minoría de los ahorrantes más informados, que generalmente son de mayores ingresos, ha logrado ponerse a salvo del vendaval, mientras la abrumadora mayoría ha perdido una parte significativa de sus fondos sin posibilidad de hacer nada. La desinformación de la industria y las autoridades ha colaborado en ello”.
 
 
Parafraseando a Eric Hobsbawm, dice el texto, el capitalismo ciertamente va a superar esta crisis, como lo ha hecho en las treinta y tantas que le precedieron desde 1825. Lo que no va a superar la crisis son las AFP. Quedará al desnudo la locura que la pura capitalización individual pueda proveer de por vida pensiones definidas, dignas y no discriminatorias, a millones de trabajadoras y trabajadores chilenos.

Sin embargo, agrega el informe, más allá de los efectos puntuales de la crisis sobre tal cual tipo de fondo, lo que está sucediendo debe llamar la atención acerca de la conveniencia de mantener la totalidad de las pensiones de millones de chilenas y chilenos a merced de las veleidades cíclicas del ámbito más inestable y fluctuante de la economía como son los mercados financieros. No parece razonable ni equitativo que mientras algunos pueden tener la suerte de jubilar en condiciones muy favorables de mercado, otros en cambio pueden tener la desgracia de hacerlo cuando aquellos se encuentran sumidos en la crisis o la depresión.

Menos equitativo todavía resulta el hecho que mientras en un año han perdido la totalidad de la revalorización del fondo entre 1981 y 2006, las AFP y sus compañías de seguros relacionadas se embolsan mes a mes con toda regularidad comisiones y primas. Desde 1982 al 2006 estos suman exactamente uno de cada tres pesos cotizados en dicho período
(ver CENDA 2007, "Resultados para sus afiliados de las AFP y Cías. de Seguros Relacionadas con la Previsión, Consideradas en Conjunto, 1982-2006". en www.cendachile.cl ).

Peor aún, en el medio de la crisis han subido sustancialmente las comisiones que cobran a sus afiliados, y han impuesto una comisión de 1% del fondo administrado a quienes mantienen fondos en la denominada cuenta 2.Aún más escandaloso resulta el hecho aquella parte que no ha ido a parar a los bolsillos de las AFP y compañías de seguros, además de todos los intereses ganados, se encuentran en manos de un grupo reducido de grandes grupos económicos que han recibido estos dineros en forma de capital o préstamos. Baste recordar que la mitad de los fondos invertidos en Chile se encuentran en manos de doce conglomerados, entre ellos los propietarios de las AFP.  La mitad de lo invertido en el extranjero se encuentra en solo ocho fondos de inversión, todos los cuales e encuentran en estos momentos con una inmensa incógnita respecto del valor de los activos financieros en los cuales han invertido.

Ese ha sido el destino de los fondos, puesto que muy pocos han ido a pagar pensiones. En Chile éstas se financian con fondos públicos, incluidas las que pagan las AFP que se financian con bonos de reconocimiento en su mayor parte (ver CENDA 2007 Inversiones en el Exterior de los Fondos de Pensiones AFP, Julio 2007 en www.cendachile.cl ). Los grandes grupos financieros han hecho y deshecho con los dineros de los afiliados a lo largo de todos estos años, obteniendo inmensas comisiones y utilidades. Ahora, en cambio, dichas inversiones se están esfumando ante la impasividad de las autoridades y la impotencia de los ahorrante en medio de las turbulencias de la crisis. Desde luego, no cuentan con seguro alguno que proteja a los ahorrantes.

En el caso de las pensiones vitalicias, a lo más pueden aspirar a una pensión mínima estatal si la compañía de seguros que  se apropia de sus fondos entra en falencia, como ocurrió antes con le Mans en Chile y ahora con AIG, Metlife y Principal en los EEUU, e ING en Holanda.


L.A.V.V.
"EL MAL PARA TRIUNFAR SÓLO NECESITA QUE LOS HOMBRES BUENOS NO HAGAN NADA"  
   
SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis