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Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
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Acuerdo Global con UNI

Santiago, Chile, Febrero 2011.-

Nos es muy grato informar a todos ustedes que nuevamente nos reunimos con dirigentes de Prosegur España y con delegados internacionales de UNI Global América. Es otra de las tantas ocasiones en que UNI toma contacto con nuestra sede sindical, para llevar a efecto reuniones y lograr acuerdos en nuestro país. 

Les detallo parte de lo acontecido: EL día domingo 20 y lunes 21 de febrero se realizaron varias reuniones de
la UNI Global en Santiago  con el Sindicato Prosegur Chile S.A.; en esas oportunidades  estuvieron presente los señores Rafael López González (AA.DD-CC.OO, directivo), Juan López Mañez  (AA.DD-CC.OO, directivo); Francisco Sánchez (FeS-UGT, directivo español); Isidro Campo (FeS-UGT, directivo español); Antonio Duarte Álvarez (USO, directivo); Sra. María José Díaz y Jorge Leal (USO, directivo), Sra. Alice Dale (Jefa Departamento Mundial UNI Servicios a la Propiedad, EEUU), Raúl Requena (Secretario Regional UNI Américas, Chile), Alberto Barrow (Director Regional UNI Américas Servicios a la Propiedad, Panamá), Benjamín Parton (Investigador, Nueva Zelanda), más los dirigentes de los sindicatos Prosegur Ltda., señor Hugo Muñoz y el  vicepresidente de la Central Autónoma de Trabajadores y presidente del Sindicato Prosegur Chile S. A., señor Víctor Hidalgo Verdejo; se realizaron varias sesiones de trabajo en el Hotel Fundador, además se visitaron puestos de trabajo para que los visitantes extranjeros, conocieran en terreno la realidad de algunos trabajadores de la seguridad en Chile; en al tarde hubo una reunión de Trabajo con la gerencia de Recursos Humanos del Holding Prosegur, en la que participó la gerente del área, señora Lucía Sánchez Varas y la subgerente señora Anylucy Bravo, a las cuales se dieron a conocer los puntos de vista que se querían tratar en dicha reunión de trabajo.

El motivo de este encuentro es instar a Prosegur –una empresa española que opera en 13 países del mundo– a firmar un Acuerdo Marco Global, que garantice la libertad sindical con los fines de elevar las condiciones laborales para todos los trabajadores y las trabajadoras de la empresa, independientemente del lugar donde trabajen o se desempeñen.



Visitando puestos de trabajo junto a delegados de UNI Global

UNI ha estado conversando con los trabajadores y trabajadoras y los sindicatos de Prosegur de Europa y América Latina, “recogiendo” diversos problemas denunciados por los trabajadores, como la sobrecarga de horas extras, sueldos mínimos o indeficientes, turnos extensos de pie, falta de vestuario o elementos de seguridad, no pago de bonos u horas extras, etc., etc.



Visitando y entrevistando a trabajadores de Prosegur Chile

Por todo lo anterior UNI solicita a Prosegur que cumpla con las normas del trabajo reconocidas internacionalmente y resuelva estos problemas, establezca un diálogo a nivel mundial sobre problemas en los lugares de trabajo y firme un Acuerdo Global con UNI con el objeto de ofrecer a sus guardias condiciones de Trabajo Decentes en todas partes.

 

Víctor Hidalgo Verdejo
Director/Presidente
Sind. Prosegur Chile S.A.
Secretario General Adjunto
Central Autónoma de Trabajadores

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Marzo de 2011.-
 



El la fotografía se puede observar a don Alberto Barrow,
director regional UNI América, Panamá, junto a otros representantes de
UNI y directores del Sindicato Nacional Nº1 de Prosegur Chile S.A.



Comienzan las Negociaciones para las distintas organizaciones sindicales del Holding Prosegur, a pocas semanas de la visita a Santiago, que realizara una delegación integrada por dirigentes sindicales españoles del sector de la seguridad privada, todos vinculados a la multinacional Ibérica Prosegur, así como un equipo de funcionarios de UNI Global Unión tanto de su sede principal en Nyon, Suiza, como de la Oficina Regional de las Américas.

En aquella oportunidad, la delegación tuvo contacto directo con grupos de trabajadores, en sus respectivos puestos de servicio, para conocer de primera mano las condiciones en que desempeñan sus labores cotidianas. Este ejercicio permitió un interesante intercambio de experiencias y aportó elementos que refuerzan el contenido de la propuesta de un Acuerdo Global que UNI ha sometido a la consideración de Prosegur Casa Matriz, de cara a lograr un trato justo y empleos de calidad para los trabajadores en todas las partes del mundo. Dicho cometido le fue prístinamente transmitido a la Gerencia de Recursos Humanos de la filial chilena, que se mostró receptiva, por lo cual esperamos que dicho encuentro pueda servir como un referente constructivo que aporte al proceso de negociación que ahora encaran ambas partes.
 
Saludos fraternos a todos los compañeros chilenos, y éxito en todo lo que venga.

Alberto Barrow
Director UNI Global América
"EL MAL PARA TRIUNFAR SÓLO NECESITA QUE LOS HOMBRES BUENOS NO HAGAN NADA"  
   
SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
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