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Sindicato Nacional Nº 1 de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A.
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¿Qué es un Acuerdo Global?
UNI
Global
Union

property services

UNI Property Services – Acuerdos Globales
¿Qué es un acuerdo global?
 
Se trata de un acuerdo voluntario entre una empresa global, como Prosegur, y un sindicato global, como UNI
Servicios de Mantenimiento y de Seguridad, en nombre de sus sindicatos afiliados en beneficio de los trabajadores. El acuerdo cubre los derechos de los trabajadores, incluyendo el derecho a elegir libremente ser representados por un sindicato.
Uno de los requisitos mínimos de los acuerdos globales es el compromiso de la empresa de respetar las normas fundamentales del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dondequiera que la empresa opere en el mundo. Estas normas fundamentales del trabajo incluyen:
• La libertad de asociación (que supone el derecho de adherirse a un sindicato y el derecho real de negociar convenios colectivos).
• La eliminación del trabajo forzoso u obligatorio.
• La abolición del trabajo infantil.
• La eliminación de la discriminación en el empleo (particularmente basada en el género y en la actividad sindical).
Sin embargo, estas normas fundamentales del trabajo no son suficientes. Los acuerdos globales deben abordar cómo se aplican estas normas en la práctica. Por ejemplo, necesitan el compromiso de que la empresa no se opondrá a los sindicatos y, para asegurarse de que así sea, deben contar con disposiciones que garanticen el acceso de los delegados sindicales a los empleados en el lugar de trabajo. Por último, necesitan un mecanismo de ejecución para garantizar su cumplimiento en todo el mundo.
 
¿Qué es UNI?
 
UNI Global Union es una federación de sindicatos de todo el mundo, compuesta de 900 sindicatos nacionales que representan a más de 20 millones de trabajadores en casi todos los sectores de la economía del sector servicios.
UNI Servicios de Mantenimiento y de Seguridad es uno de los nueve sectores de UNI Global Union. UNI Servicios de Mantenimiento y de Seguridad comprende 125 sindicatos nacionales que representan a más de dos millones de trabajadores. UNI negocia acuerdos globales con empresas multinacionales en todas las partes del mundo y después ayuda a los sindicatos a sindicar trabajadores y a construir una fuerza de negociación para mejorar salarios, prestaciones y condiciones de trabajo para sus miembros.
 
¿Por qué se firma un acuerdo global?
 
La firma de un acuerdo global beneficia a los trabajadores y a los sindicatos.
 
Para ti: Los trabajadores que son miembros de sindicatos ganan más, por término medio en el mundo, que los trabajadores que no lo son y tienen mejores prestaciones sociales y protecciones en el trabajo. Los acuerdos globales garantizan tus derechos como trabajador. Entre ellos se incluyen: la libertad de elegir un sindicato, condiciones mínimas para garantizar un salario decente, protección social y medidas importantes de higiene y seguridad. Estos acuerdos también permiten a los trabajadores poder expresar su opinión acerca de cuestiones que afectan a sus trabajos. Al amparo de los acuerdos globales, los trabajadores pueden exigir un diálogo social y un proceso de consulta adecuados y usar su fuerza colectiva para asegurar que su empleador preste la debida atención a sus problemas.
 
Para tu sindicato: Estos acuerdos construyen sindicatos más fuertes al proporcionar acceso a los trabajadores, mejores oportunidades de sindicación, las mejores disposiciones sobre el reconocimiento de sindicatos, derechos de negociación colectiva, vías mejoradas para el diálogo social y, por supuesto, la capacidad de negociar salarios, prestaciones sociales y condiciones laborales y sociales mejores para los miembros del sindicato.
Los acuerdos globales no sustituyen los convenios colectivos que los sindicatos negocian con la empresa pero representan una oportunidad para los trabajadores de países en los que no tienen un convenio colectivo, derechos reconocidos explícitamente por la ley para sindicar o la capacidad de sindicar y negociar colectivamente.
 
¿Por qué necesitan los trabajadores de Prosegur un acuerdo global?
 
Los trabajadores de todo el mundo necesitan sindicatos. Prosegur es una empresa de éxito que continúa creciendo y expandiendo sus actividades por el mundo entero. A menudo las empresas multinacionales expanden sus actividades a países donde los trabajadores tienen pocos derechos y los sindicatos son débiles o inexistentes.
Hay pruebas claras de que si los derechos de los trabajadores no se reconocen en todas partes, las empresas tienden a concentrarse solamente en aumentar sus beneficios y en incrementar su cuota de mercado. Los salarios, las prestaciones sociales y las condiciones de trabajo de los trabajadores tienden a ser cada vez menos importantes para la empresa a no ser que los sindicatos reclamen que sean una prioridad.
UNI Servicios de Mantenimiento y de Seguridad y sindicatos afiliados de España, Francia, Portugal y Brasil se reunieron en 2010 para hablar de la necesidad de un acuerdo global con Prosegur. La empresa no ha querido avanzar. En 2011, una delegación compuesta de representantes de UNI Servicios de Mantenimiento y de Seguridad y de afiliadas de España y Brasil visitaron a trabajadores de Prosegur en Chile, Uruguay, Brasil y
Portugal. Estas reuniones revelaron problemas a los que se enfrentan los trabajadores que se tienen que resolver.
Dependiendo del país, los trabajadores identificaron los siguientes problemas: salarios bajos y prestaciones sociales insuficientes, gran cantidad de horas extras, problemas de seguridad e higiene, discriminación en el trabajo, falta de consulta con los trabajadores sobre cambios en las políticas de la empresa que afectan a los trabajadores en seguridad y resistencia a reconocer el derecho de los trabajadores de formar un sindicato.
 
¿Por qué firmaría Prosegur un acuerdo global?
 
Prosegur ha adoptado una política de responsabilidad social empresarial (RSE). Un acuerdo global hace que los compromisos de RSE sean ejecutables y que, por tanto, tengan credibilidad. Un acuerdo global es una herramienta para asegurar el cumplimiento de las normas de la OIT, por lo que es más probable que se resuelvan casos de condiciones laborales inaceptables antes de que se conviertan en una pesadilla de relaciones públicas para la empresa, nacional o internacionalmente. Esto es importante para los inversores, los clientes y, por supuesto, para Prosegur. Los acuerdos globales también fomentan la confianza con los trabajadores y el diálogo dentro de la empresa, lo que lleva a la mejora de la calidad y la productividad y ayuda a prevenir o resolver conflictos que surjan en el lugar de trabajo. A medida que las empresas se expanden por todo el mundo, es útil tener señales de alerta temprana de problemas que son difíciles de supervisar para la empresa sin el apoyo constante que los sindicatos brindan a los trabajadores.
 
 
Muchas empresas multinacionales líderes ya han firmado un acuerdo global con UNI Global Union
 
Bosch
Carrefour
Chiquita
Danone
France Telecom
G4S (seguridad)
H&M
IKEA
ISS (limpieza y seguridad)

L.A.V.V.
"EL MAL PARA TRIUNFAR SÓLO NECESITA QUE LOS HOMBRES BUENOS NO HAGAN NADA"  
   
SINDICATO 1 DE TRABAJADORES PROSEGUR CHILE  
 
 
CITACIÓN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 15 DE JULIO 2017  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 15 de Julio del año en curso (cuarta del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:15 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5).

Asamblea con carácter obligatorio.

Tabla: Proyecto Colectivo
Nota: Es importante que todos participen de esta y todas las Asambleas de Negociación Colectiva; pues es deber de todos nosotros.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
Centro de Consultas Laborales DT  
  ¿Puede el empleador alterar unilateralmente las funciones convenidas o el lugar en que han de prestarse?


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código del Trabajo, el empleador dispone de la facultad de alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deben prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc. Finalmente estableció que el nuevo sitio o recinto debe forzosamente quedar ubicado dentro de la ciudad donde primitivamente se prestaban los servicios o dentro del mismo predio, campamento o localidad, en caso de faenas que se desarrollan fuera del límite. Ahora bien, el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Inspección del Trabajo si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos en forma copulativa, reclamo que debe ser interpuesto dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que se produjo el cambio. De la resolución de la Inspección se podrá recurrir, dentro del plazo de 5 días de notificada, ante el juez competente, el que falla en única instancia y sin forma de juicio. Así las cosas, si el empleador hace uso de su derecho de alterar las funciones del trabajador o el lugar de prestación de los servicios conforme a la facultad que le concede el artículo 12 del Código del Trabajo, el dependiente deberá necesariamente prestar los nuevos servicios o laborar en el nuevo lugar de trabajo, y si estima que el empleador no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el legislador, podrá interponer el reclamo en la Inspección del Trabajo respectiva, disponiendo para ello del plazo señalado precedentemente. Finalmente, cabe señalar que la Inspección se pronunciará mediante resolución fundada, previa investigación de los hechos, ordenando la restitución del dependientes a sus funciones originales o al lugar primitivamente pactado si el cambio ha sido con infracción a la norma legal o, por el contrario, rechazando el reclamo si el cambio se ajustó a derecho, caso en el cual el trabajador deberá realizar las nuevas labores asignadas o trabajar en el nuevo lugar de prestación de servicios.
 
CITACIÓN ASAMBLEA DE SOCIOS 29 de Abril  
  Junto con saludar a todos(as) y cada uno de ustedes; se CITA a Asamblea General Extraordinaria de Socios del Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Prosegur Chile S.A., para el día Sábado 29 de Abril del año en curso (segunda del año 2017), a las 09:00 horas en primera citación, y a las 09:30 horas en segunda citación.

La Asamblea se desarrollará en el Salón Auditorio del 4° piso de la Caja de Compensaciones La Araucana, ubicada en calle Merced 472, Santiago (metro Sta. Lucía, línea 1; o metro Bellas Artes, línea 5.

Asamblea con carácter obligatorio.

Nota: Les recordamos que estamos muy prontos a entrar en nuestro proceso de Negociación Colectiva con la empresa; por eso es importante que todos participen de esta Asamblea, y de las que vienen.

Atentamente

La Directiva.


Favor ayudar a difundir.
Gracias.
 
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